jueves, 10 de septiembre de 2009

IDONEIDAD DE LAS MUESTRAS DE COMPARACIÓN PARA UN ESTUDIO DE FIRMAS



A. INTRODUCCIÓN
La interacción de los hombres tiene como un gran medio social vinculante, la presencia de los llamados “documentos escritos”, que le permiten consolidar o acreditar situaciones diversas. Es el caso de aquellos que nos sirven de una parte como medio para identificarnos, por otra para acreditar actos públicos o privados, como también podría ser el de plasmar hechos o datos, entre otras finalidades.
Es en éste sentido, que los documentos escritos de mayor complejidad criminalística, son aquellos que van a contener como elemento “validante” del acto que representan, la denominada “Firma” del o los obligados o intervinientes. Así, por ejemplo, tenemos la firma del funcionario responsable, en una Resolución –Judicial, administrativa o de otra índole-; de la persona titular de un documento de identidad –Pasaporte, Carné de Extranjería, Documento Nacional de Identidad, etc.-; de los celebrantes de un Acto Jurídico -como puede ser un Contrato de locación de servicios, de compra venta, de alquiler, etc.-; y así, de ésta forma nos vemos envueltos en un universo de documentos escritos, que en su mayoría tienen como parte primordial “una o más firmas”.


Gran parte de los conflictos sociales se ven comprometidos con la veracidad de lo que ese documento escrito representa y para cuando el llamado a reconocer su firma, expresa que ésta “no lo es”, entonces surge un problema bastante delicado con implicancias que suelen ser aún mayores. ¿Qué nos queda entonces por hacer ante éste hecho?. Por suerte contamos con una “disciplina” para unos y “ciencia” para otros, sea cual fuere el caso, se vale de conocimientos y técnicas de análisis, que permite informarnos en cuanto a la firma controversial, si se encuentra comprendida en alguna de las tres calidades que enunciamos a continuación: Saber si la firma negada, es una firma “Adulterada o Disfrazada” (es decir, que proviene del puño gráfico de la persona a la que le está siendo atribuida, pero que no guarda estrecha relación de semejanza con la firma que aquella tiene desarrollada para ser empleada en todos sus actos; y, que se constituye en su identidad gráfica pública o privada); o sino, podría tratarse de una firma “Falsa” (cuando ésta proviene del puño gráfico de persona distinta a la del titular, respecto de quien se pretende adjudicar el origen); como también pudiera ser el caso de una firma calificada como “Auténtica” (que efectivamente proviene del puño gráfico de su titular y guarda relación evidente con su identidad gráfica)[1] , en suma, este cuerpo de conocimiento al que nos estamos refiriendo recibe en nuestro medio el nombre de Grafotecnia” (“…Por esto, con sus principios, normas y leyes generales, la Grafología tomó ya un aspecto indiscutiblemente científico. Los métodos de identificación se fueron perfeccionando y lograron cobrar organismo propio y apto para las experiencias probatorias más indispensables en todos los pueblos y en todas las legislaciones. Modernas aplicaciones fueron informando el sistema; se sentaron bases que progresivamente sirvieron para la más adecuada manera de diferenciar todas y cada una de las escrituras o manuscritos y se preparó así camino a una nueva ciencia, calificada con el nombre de Grafotecnia, que es la misma Grafología, ya desarrollada por su propia obra y con fines puramente prácticos [2]…”).
En todo caso y a modo de ilustración, debemos saber que ésta rama del saber humano aún viene siendo objeto de una particular controversia y ésta se encuentra circunscrita al hecho de que aún no se tiene consenso en cuanto al término que la defina con propiedad; por ello es que en unas sociedades suele conocérsele como Grafotecnia, Grafística, Grafocrítica, Grafoscopía, Pericia Caligráfica, Documentoscopía, Documentología, etc., lo que en realidad no tiene gran significancia, puesto que se conoce el “Objeto de estudio”, siendo al menos un punto de partida (“Puesto que todos los términos que se definen son definidos mediante otros términos, es evidente que el conocimiento humano debe siempre contentarse con aceptar algunos términos como inteligibles sin definición, con el fin de tener un punto de partida para sus definiciones”. BERTRAND RUSSELL [3] ). Pero sí, está el hecho de tenerse disponible un cuerpo de doctrina, así como la existencia de métodos, procedimientos y técnicas propias de éste dominio, que permiten llegar a una conclusión categórica, que resuelva el problema materia de controversia; y no nos deje como en un principio o peor aún.
Justamente ésta problemática, bastante común en nuestro medio, y que de seguro lo es también para otras sociedades, es de la que nos haremos cargo durante el desarrollo del presente artículo, interés que pongo en él desde hace algún tiempo y que resulta de una investigación experimental teórico-aplicativa, en la que he actuado como observador participante, esperando sea de interés y utilidad para el lector, cuando no de punto de partida para sus propias investigaciones.
B. ANTECEDENTES
01. En cuanto al marco teórico al respecto
¿Qué conocimiento nos da las pautas necesarias para la solución de ésta problemática surgida a raíz de la negativa para reconocer la autoría de una firma?. Como bien lo tenemos expresado, corresponde su temática al conocimiento Grafológico que se constituye en parte del dominio de la Grafotecnia, que entre otras cosas, nos permite informarnos sobre las circunstancias particulares que confluyen en cada persona para lograr ese producto escrito denominado “Firma”.
Para llevar a cabo una investigación criminalística de índole grafotécnico, se debe en principio “delimitar el problema objeto de estudio”: Nos referimos a establecer si una firma es “Adulterada o Disfrazada”, si es “Falsa” o por último establecer si corresponde a una firma “Auténtica”. Problema que en todo caso podríamos identificarlo como sigue: ¿La firma que aparece suscrita a nombre de la persona “X”, proviene de su puño gráfico?. Ya sabemos que en materia de investigación científica, los problemas se enuncian como interrogación.
Como consecuencia de ello, el Perito Grafotécnico tendrá que elaborar la correspondiente “Hipótesis de Trabajo” que muy bien puede quedar redactada así: “La firma dubitada suscrita a nombre de «X», proviene del mismo puño gráfico de la persona que con el nombre de ésta ha suscrito las firmas de comparación” (hipótesis afirmativa).
Y, en adelante, no nos queda sino discurrir por el Método General de la Investigación Científica, adaptado al Examen Grafotécnico. Investigación que necesariamente debe de tener en consideración a ese gran “Marco Teórico” disponible, analizando las Variables, como sus Indicadores; valiéndonos además de los instrumentos más adecuados que nos permitan obtener los datos suficientes que habrán de ser interpretados y sistematizados para, de ésta manera, “Verificar el cumplimiento o no de la hipótesis”, lo que de hecho dará solución al problema surgido.
Para llegar a una “Conclusión Categórica” (de confirmación o rechazo de la hipótesis); es indispensable que las denominadas “Muestras de Estudio”, que no son sino, por una parte, la “Muestra Dubitada” (que puede estar dada por una o más firmas); y, por la otra la “Muestra de Comparación” (que a veces puede corresponder a una o más firmas, ofrecidas con ese objeto y según sea el caso), reúnan condiciones técnicas de “Idoneidad”, es decir, tenemos que comprobar que el estado en el que se encuentran, permitirán que éstas muestras sean “aprovechables” para practicar un examen adecuado; caso contrario, el Perito Grafotécnico, no estaría en condiciones de emitir pronunciamiento categórico alguno, remitiéndose como consecuencia de ello a la formulación de una “Conclusión Abstensiva” (cuando no se cuenta con los elementos necesarios para un estudio adecuado [4]), ya que la condición de las muestras o mejor dicho su idoneidad, se ha visto afectada.
02. Hechos fácticos
No es de extrañar, que durante investigaciones de índole policial con participación del Ministerio Público; y, posteriormente Judicializadas (Vía Penal); como también en Procesos Civiles o tal vez Laborales, entre otros (que pueden ser los Administrativos), nos encontremos con “Peritajes o Informes Grafotécnicos contradictorios” elaborados por “Peritos”, que se entiende han tenido similar formación grafotécnica, sobre todo en cuanto al empleo de la doctrina vigente, la misma que versa sobre aspectos sustanciales referentes al procesamiento de las “Muestras” objeto de estudio.
Estos casos hoy en día suelen ser muy comunes, al menos en nuestro medio, en los que más de una persona luego de enterarse del resultado, se formula la siguiente pregunta: Pero, ¿A qué se debe ésta controversia?; y, esto se torna más complicado cuando los Peritos o Expertos, son llamados para informar sobre los Métodos y Técnicas utilizados por cada uno de ellos para llegar a esas conclusiones finalmente contradictorias, “luciéndose” ante la autoridad competente, informando sobre “las diferencias” o “las similitudes” identificadas por ellos, entre ambos grupos de muestras, lo que les permitiera llegar a concebir con que son “Falsas” o “Auténticas”; y, que luego del conocido “Debate”, ninguno modifica su parecer, manteniendo su posición; circunstancias en las que el operador pertinente, deberá de esperar una tercera opinión, que para colmo de males, puede ser justamente “una tercera opinión”, diferente a las anteriormente citadas.
Para corroborar lo dicho, traigo a colación otro ejemplo, de un caso que llegó a mi conocimiento, en el que habiendo dos “Firmas Dubitadas” suscritas a nombre de una persona “XX” inexistente (hecho que fuera acreditado fehacientemente), once (11) peritos que intervinieron tanto de modo “Oficial”, como “De parte”, emitieron opiniones discordantes.El caso es el siguiente. Se trata de los documentos “A” y “B”, en los que como repito, aparece la firma suscrita a nombre de la persona “XX” inexistente. Se presume que estas dos firmas, tal vez podrían provenir de algunas de las personas: “PP”, “QQ” o “RR”. Un primer Perito al que nombraremos como 01, emite su pronunciamiento diciendo que las firmas de los documentos “A” y “B” fueron hechas por la persona “PP”. Posteriormente los Peritos 02 y 03, se pronuncian como que la firma puesta en el documento “B”, proviene de la persona “PP”, omitiendo pronunciarse sobre la firma puesta en el documento “A”. En fecha posterior, los Peritos 04 y 05, más bien concluyen que las firmas de los documentos “A” y “B”, fueron hechas por la persona “QQ”. Siguiendo el séquito, los Peritos 06 y 07, ratifican lo dicho por los Peritos 04 y 05. Luego intervienen los Peritos 08 y 09; y se pronuncian en el sentido de que la firma que aparece en el documento “A”, no proviene de la persona “QQ”, omitiendo pronunciamiento alguno respecto de la firma puesta en el documento “B”. Finalmente aparece el aporte de los Peritos 10 y 11, que concluyen categóricamente que las firmas puestas en los documentos “A” y “B” suscritas a nombre de la persona “XX”, provienen del puño gráfico de la persona “RR”. ¿Qué les parece?. Cuando llegó el caso a nuestras manos, el funcionario a cargo sólo quería saber ¿Qué pasó?. Lo que complicaba el asunto, es que ocho (08) de los Peritos, provenían de una misma formación (misma entidad, de la que somos conocedores en cuanto a su didáctica); y, de los otros tres (03) Peritos, dos (02) pertenecían a la misma entidad laboral que los otros ocho (08) Peritos; y, el tercero, junto con los dos (02) antes citados, provenían de otra formación en materia de Grafotecnia, se entiende más actualizada. Pero en todo caso, la totalidad de los Peritos intervinientes, tenían cabal conocimiento de lo que las técnicas de estudio recomiendan para éstos casos en materia de Grafotécnica.
Un segundo caso es aquel en el que los Peritos a cargo del pronunciamiento pericial, contando con cinco (05) firmas dubitadas contenidas en igual número de Cheques bancarios, de cuentas distintas, fueron estudiadas teniéndose como una “única firma de comparación”, la contenida en una Escritura Pública, con cuatro años de antigüedad a las fechas de los cheques controvertidos (la persona de quien se estimaba era la firma, había fallecido a los pocos días del giro de los cheques, no contándose con otras firmas para estudio). En el presente los Sres. Peritos eran dos, opinando que las firmas de los Cheques bancarios eran “Falsas”.
Por último, otro Perito, se pronunció respecto de una (01) “Firma dubitada” de una fecha “x”, teniendo como patrón de confronte también una (01) sola “Firma de comparación”, pero de ocho (08) años posteriores a la data de la anterior.
¿Cómo explicar lo sucedido?.
La explicación, para ambos casos, fue muy simple. Los peritos no tomaron en consideración alguna, la determinación de la “idoneidad de las muestras de comparación”.
Además de estos casos, existe también otra gran gama de pronunciamientos periciales grafotécnicos, extremadamente controversiales, en los que las muestras de comparación “son idóneas”; pero la interpretación de los signos, ha sido completamente equivocada.
Seguidamente veremos lo que la doctrina prevé en cuanto a la determinación de “idoneidad” respecto de las muestras de comparación que habrán de ser objeto de estudio grafotécnico.
C. IDONEIDAD DE LAS MUESTRAS DE COMPARACIÓN (FIRMAS) PARA UN ANÁLISIS GRAFOTÉCNICO
01. Aportes doctrinarios
En principio, es necesario saber si los parámetros bajo los que deben de ser examinadas unas muestras manuscritas –entre éstas las firmas-, son propuestos hace mucho o corresponden a una data reciente.Evitando extendernos sobremanera, citaremos lo que nos dicen algunos tratadistas del tema en particular; y, para ser más didácticos, lo haremos cronológicamente:
a. FÉLIX DEL VAL LA TIERRO (1956):
“Una consecuencia inmediata se desprende de lo dicho: el estudio de una firma sólo se puede hacer acertadamente cotejándola con otras firmas. La firma que hay que estudiar se llama dudosa; las que sirven de cotejo son las indubitadas. Para realizar este cotejo, el perito debe procurarse el mayor número posible de firmas indubitadas, coetáneas de la dudosa, y a ser posible realizadas en las mismas condiciones de papel (calidad y dimensiones), pluma, tinta y espacio disponible; ya sea en documentos públicos o privados, ya sea obtenidas ex profeso en un cuerpo de escritura. [5]
Para ajustarnos a nuestro tema, tenemos entonces que el tratadista considera como “Requisitos técnicos” de las “Muestras de Comparación”, los siguientes: Suficiencia, Coetaneidad; y, Equicircunstancialidad; la explicación de éstos términos la veremos al final de éste punto.
b. JEAN GAYET (1965)
“Piezas de comparación.a) Escritos «espontáneos»Deben ser los más numerosos posible, de origen indubitado y de época aproximadamente igual a la del texto de autos… [6]
En éste caso, éste autor consigna los “Requisitos técnicos” para las “Muestras de Comparación”: Espontaneidad, Suficiencia, Fiabilidad; y, Coetaneidad.
c. ANDRÉS MEYNIEL ROYÁN (1992)
“Antes de nada, recordaremos que en todo cotejo hay dos tipos de documentos, o dicho con mayor precisión, dos tipos de grafismos, dubitado e indubitados…
Según el criterio técnico, desde el punto de vista grafocrítico, los documentos indubitados han de reunir, a ser posible, para su validez como muestra comparativa, las siguientes características:
III.2.1. Ser originales…Las reproducciones no permiten…
III.2.2. Ser espontáneos…
Es, pues, importante que sean preferentemente escritos improvisados, ni dictados, ni copiados, ni siquiera memorizados.
III.2.3. Estar hechos en condiciones normales…
III.2.4. Ser coetáneosLa evolución de las personas a lo largo del tiempo, es algo que se da a nivel físico, ideológico y psíquico, siendo la grafía fiel reflejo de dichos cambios, modificándose paralelamente, por lo que entre dos grafías, cronológicamente distantes, pueden darse diferencias importantísimas, fruto de la evolución mencionada de la personalidad y de enfermedades significativas aparecidas con el tiempo, que hagan casi inviable su identificación. Esto es aún mucho más evidente en la firma, síntesis de la personalidad de cada individuo.
III.2.5. Ser extensos…
III.2.6. Ser numerosos
Es evidente también que a mayor número de muestras indubitadas, mayor número de posibilidades de cotejo… [7]
En el presente caso, se consideran significativamente: Originalidad, Espontaneidad, Coetaneidad, y Suficiencia.
d. FRANCISCO ANTÓN BARBERÁ; y, FRANCISCO MÉNDEZ BAQUERO (1998)
“Determinación del grado de idoneidad de las piezas sometidas a dictamenEn este aspecto debemos precisar sí los escritos:- Tienen la extensión suficiente- Son originales- Son coetáneos entre sí- Tienen rasgos gráficos con valor identificador en cantidad suficiente- Son espontáneos…” [8]
Estos autores, consideran los siguientes “Requisitos”: Originalidad, Coetaneidad; y, Espontaneidad.
e. LUÍS G. VELÁSQUEZ POSADA (2004)
“3. Material de examen
Antes de adentrarse en análisis grafonómicos y signaléticos es preciso cerciorarse de que se cuenta con material idóneo para el efecto. Hay que empezar distinguiendo, en este orden de ideas, dos clases de documentos y grafismos: los dubitados o cuestionados, y los indubitados.
La primera condición que debe reunir el material indubitado de comparación es la autenticidad… La certeza en la autenticidad de la muestra, en consecuencia, es de importancia vital…
La abundancia de material permite al experto apreciar con detalle las diferentes características del grafismo genuino, descartando formas y rasgos puramente adventicios y accidentales…
La adecuación o similitud consiste en reconstruir, en la medida de lo posible, las circunstancias en que se presume fue elaborado el documento o grafismo cuestionado…
La contemporaneidad es otro de los requisitos importantes del muestreo… Las innegables variaciones de la escritura con el paso del tiempo exigen, pues, un material de estudio perteneciente a fechas próximas a la presunta del grafismo cuestionado…
La espontaneidad es otra exigencia, obvia por demás, sin la cual difícilmente podrá tenerse éxito en la identificación…
Los documentos y manuscritos materia de estudio pericial deben ser suministrados en su original y sólo por excepción en fotocopia o fotografía… ”[9]
En el presente caso, el tratadista prevé los siguientes: Suficiencia, Homología, Contemporaneidad, Espontaneidad; y, Originalidad.
f. JOSÉ DEL PICCHIA (h), CELSO M. R. DEL PICCHIA; y, ANA MAURA G. DEL PICCHIA (2006)
“3. Patrón gráfico de comparación
En la Grafoscopía –el capítulo más importante de la Documentoscopía-, los patrones son prácticamente obligatorios y de uso diario.
El perito debe saber elegirlos. De la buena selección y aceptación de los patrones depende, en la mayor parte de los casos, el éxito del examen grafotécnico, garantizando una conclusión correcta.
De ahí la importancia de su conocimiento y, principalmente, de los requisitos que se deben obedecer.
En general, los patrones gráficos de confronte deberán satisfacer cuatro requisitos:
a) Autenticidad
b) Adecuación
c) Contemporaneidad, y
d) Cantidad… [10]
De lo expresado por los autores, identificamos los siguientes: Fiabilidad, Equicircunstancialidad, Coetaneidad; y, Suficiencia.
g. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ (2006)
“3. Requisitos técnicos que deben reunir las muestras grafotécnicas
a. Originales
Las muestras incriminadas y las de comparación no deben ser fotocopias, fotografías, fax, impresiones computarizadas, etc.
b. Espontáneas
Trazadas en documentos públicos, privados y de identidad del individuo, para evitar el disfrazamiento gráfico.
c. Coetáneas
Que hayan sido realizadas en la misma época del documento dubitado o próximamente anteriores y posteriores a la data de éste.
d. Homólogas
Se deben comparar elementos de similar forma y estructura, firmas con firmas y manuscritos con manuscritos en sus diferentes variedades respectivamente.
e. Suficientes
Involucra la calidad y la mayor cantidad posible de muestras mediante las cuales pueda determinarse la presencia y persistencia de las características gráficas individualizadoras.
f. Fiables
Que exista certeza que proviene de su titular, que sean honestas, que estén vigentes y que no posean alteraciones fraudulentas.
g. Equicircunstanciales
Que se encuentren trazadas en documentos similares, el mismo espacio gráfico y con igual instrumento escribiente.” [11]
Para completar la identificación de los “Requisitos Técnicos”, para el caso de ésta Institución Policial, tenemos: Originalidad, Espontaneidad, Coetaneidad, Homología, Suficiencia, Fiabilidad; y, Equicircunstancialidad. Al respecto, preferimos emplear el término de “Autenticidad” en reemplazo del término “Fiabilidad”.
Como es de apreciar entonces, la doctrina es rica en cuanto a considerar que las “Muestras”; y, particularmente las “De Comparación” o “Indubitadas”, etc., tienen que reunir condiciones particulares para poder ser objeto de un estudio de identificación y contrastación de características.
Entonces, los Sres. Peritos Grafotécnicos, Documentoscopistas, Caligráficos, etc. tienen en ésta doctrina, las bases y fundamentos suficientes para que al momento de llevar a cabo su estudio pericial, se ciñan a lo que aquella prevé, de tal forma que lleguen a conclusiones valederas.
02. ¿Qué ha ocurrido en la práctica?
Tomando en cuenta los casos propuestos en el presente, como aquellos otros que han sido objeto de estudio particular, lo que viene ocurriendo es que la gran mayoría de los Sres. Peritos, han omitido lo que la doctrina nos tiene previsto en cuanto a la “Idoneidad de las muestras de comparación”, aplicando cada uno de ellos de modo totalmente arbitrario el proceso de “Calificación de Idoneidad” para las muestras materia de estudio.
Se trata entonces que las muestras de comparación no son en cuanto a su calidad congruentes con lo señalado, circunstancia que conduce a los Peritos a llegar a errores de interpretación, y por consiguiente a conclusiones nada ajustadas a la verdad, con perjuicio de alguna de las partes en el proceso; pero perjuicio provocado por los Peritos Grafotécnicos intervinientes.
En suma, trabajaron con “MUESTRAS NO IDÓNEAS”. Esto no es sino signo de falta de calidad profesional, ya que no pretendo dar otra interpretación a ésta forma de proceder, que podría más bien lindar en lo delictivo, hecho que me rehúso a aceptar.
D. CONCLUSIONES
01. Dentro de la gama de los estudios que son del dominio de la Grafotecnia, se encuentra el relacionado con el examen de “Firmas” controversiales, a las que se les puede atribuir como consecuencia la calidad de ser “Adulteradas o Disfrazadas”, “Falsas” o “Auténticas”.
02. Para lograr la identificación de alguna de éstas calidades, se requiere del estudio comparativo de las características identificadas tanto en la “Muestra Dubitada” (Cuestionada, controvertida, etc.), como de las “Muestras de Comparación” (De cotejo, indubitadas, auténticas, etc.), las que luego de ser confrontadas, conducen a un resultado que se manifiesta como “Conclusión” del pronunciamiento pericial.
03. Es de particular significancia, que las “Muestras de Comparación”, deban de tener la calidad de “IDÓNEAS” para llevar adelante el examen pericial, caso contrario “NO SERÍAN IDÓNEAS”.
04. La condición técnica de “Idoneidad”, es adquirida por las “Muestras de Comparación”, si es que reúnen los “Requisitos Técnicos” que la doctrina tiene previsto para éstas, como son: Ser originales, ser espontáneas, ser coetáneas, ser homólogas, ser suficientes, ser auténticas; y, ser equicircunstanciales, como muy bien lo ha incorporado el Manual de Criminalística de la Policía Nacional del Perú.
05. Suele ser común, que los Sres. Peritos Grafotécnicos, no trabajen con “Muestras idóneas”, soslayando sobremanera las exigencias doctrinarias, dejando a su libre albedrío tal calificación de idoneidad.
06. Es imprescindible, que quien tiene que calificar el mérito probatorio de éstos pronunciamientos periciales, no soslaye éste asunto, ya que de lo contrario, estaría tolerando la arrogancia e ineficiencia de éstos peritos.
El tema que aquí presento, no pretende estigmatizar o perjudicar la imagen de aquellos que siendo llamados a poner en práctica lo mejor de su saber y entender, así no lo hacen; sino, servir de alerta para aquellos que poseen la facultad de supervisión de los mismos y exigirles que cumplan con lo que su doctrina plantea, bajo apercibimiento de ser apartados de la función en ellos encomendada, en bien de una sociedad más transparente y más justa.


[1] RODRÍGUEZ REGALADO, Pablo Alfonso, “La Prueba Pericial Grafotécnica en el Proceso Civil”, Tipografía EL ALBA, Arequipa-Perú, 1996, p. 16 (véase: a. Exámenes para identificar el origen gráfico).
[2] POSADA ANGEL, Alberto, “Grafología y Grafopatología”, Paraninfo, Medellín-Colombia, 1977, pp. 28-29.
[3] COPI, Irving M., “Introducción a la Lógica”, Eudeba, Cuarta Edición, Bs. Aires-Argentina, 2000, p. 123.
[4] RODRÍGUEZ REGALADO, Pablo A., “La Prueba Pericial Grafotécnica en el Proceso Civil”, Editorial EL ALBA, Arequipa-Perú, 1996, pp. 18-19.
[5] VAL LA TIERRO, Félix Del; “Grafocrítica”, Editorial Tecnos, Madrid-España, 1956, p.122.
[6] GAYET, Jean; “Manual de la Policía Científica”, Editorial Zeus, Madrid-España, 1965, p.395.
[7] MEYNIEL ROYÁN, Andrés; “Tratado de Grafocrítica”, Editorial Trivium, Madrid-España, 1992, pp. 66-69.
[8] ANTÓN BARBERÁ, Francisco; y, MÉNDEZ BAQUERO, Francisco; “Análisis de textos manuscritos, firmas y alteraciones documentales”, Tirant lo Blanch, Valencia-España, 1998, p. 179.
[9] VELÁSQUEZ POSADA, Luís G.; “Falsedad documental y laboratorio forense”, Ediciones La Rocca, Bs. Aires-Argentina, 2004, pp. 772-781.
[10] PICCHIA, José Del; PICCHIA, Celso M. R. Del; y, PICCHIA, Ana Maura G. Del; “Tratado de Documentoscopía-La Falsedad Documental”, Ediciones La Rocca, Bs. Aires-Argentina, 2006, pp. 104-113.
[11] POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ; “Manual de Criminalística”, Servicios Gráficos JMD, Lima-Perú, 2006, pp. 493-494.

http://sites.google.com/siete/estjurcrimrs

6 comentarios:

  1. Es interesante saber como ha avanzado el conocimiento y la tecnica en los peritajes

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  2. Muy explicativo, me invita a continuar investigando sobre esta rama valiosa de la criminalística.

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  3. También existen peritajes de autos cierto ¿? Por lo que dicen aquí.

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  4. Si efectivamente las controversias surgen cuando los peritos no cumplen con la doctrina establecida. Muy bien explicado.

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  5. Es un tema muy delicado, nosotros debemos exigir como calidad de las pericias están sean idóneas, y esto es que las muestras sean las originales, muchas veces algunos peritos pretenden practicar sobre copias fotostaticas, pero estas no guardan el grado de veracidad adecuado, no cumple las garantías necesarias para el proceso. Excelente desarrollo del tema.

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  6. Excelente artículo. Invita a seguir investigando Gracias

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